Contrato de adopción

Aunque no sea imprescindible, les recomendamos que firmen un contrato de adopción con la persona a la que dan el perro o gato. Razones hay muchas, por ejemplo:

  1. Se garantiza la seriedad del nuevo adoptante.
  2. Se conciertan visitas (seguimientos) para comprobar el estado del animal. Esto siempre es una garantía de acierto y una criba de posibles malos adoptantes.
  3. El adoptante se compromete a tratar al animal conforme a lo que estipula la ley. 
  4. Si no se cumple el contrato, podría recuperar al animal y buscarle una familia mejor.
Este modelo que ponemos a su disposición ha sido redactado por abogados, y recoge una serie de cláusulas que permiten tener una mayor seguridad en el buen resultado de la adopción.

Ha de ser firmado por duplicado. Una copia para el adoptante y otra para el que entrega el animal.



En este contrato se hace referencia a la necesidad de esterilización del animal dado en adopción (siempre que el veterinario no lo desaconseje). 
También se penalizan las operaciones hechas por mera estética (corte de orejas y rabo, por ejemplo), así como la desungulación (corte de la última falange de los dedos para quitar las uñas) de los gatos.

Esto es así porque en FELCAN pensamos en la calidad de vida de los animales y estos temas entran dentro de esa calidad que defendemos.

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